Por regla general, la Embajada o Consulado de España exigirá al estudiante potencial los siguientes documentos:
- Pasaporte en vigor.
- Documentación por parte de TOO MANY FLASH.
- Seguro Médico que cubra, durante todo el período de estancia en España, los gastos médicos y la repatriación en caso de accidente o enfermedad repentina.
- Documentación con la cual puedas acreditar tener medios económicos suficientes para mantenerte durante tu estancia y retorno a tu país de origen (Originales y copia).
- Acreditación de alojamiento durante el período de estudios.
- Formulario de Visado
En caso de que la estancia por estudios supere los 180 días, debes presentar también:
- Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o el país en el cual se ha residido en los últimos cinco años.
- Certificado médico, original y copia, en el cual certifique que “el Sr. / Sra. (…) no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”.
Importante tener en cuenta que:
El visado puede solicitarse con tres meses de antelación al inicio del curso, pero, de acuerdo a la normativa, no se expide hasta máximo 30 días antes del inicio del curso.
Se recomienda no comprar el billete de avión hasta que se obtenga la concesión del visado, ya que el consulado / embajada desconoce el tiempo exacto que tarda en llevarse a cabo la resolución.